Industria y Comercios

 

Industria y Comercios

  • Correo: comercios@barranqueras.gob.ar
  • Horarios atención: lun a vie, 7:00 a 12:00hs
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HABILITACIÓN COMERCIAL

– Circuito administrativo:
Si Usted va a iniciar los trámites para habilitación de un comercio, deberá realizar el siguiente circuito, con el formulario de “Solicitud de Habilitación Comercial” (que puede imprimirlo desde ésta página o pedirlo en la oficina de Industria y Comercio):
· Catastro Municipal, y solicitar la nomenclatura catastral del lugar en el cual desea habilitar el comercio (1er piso del edificio municipal).
· Impuesto Inmobiliario y Tasas de Servicios a los efectos de obtener libre deuda de estos tributos, o convenir deuda si la poseyera (1er piso del edificio municipal).
· Si alquila el local, traer fotocopia de contrato, sellado por ATP, o autorización del propietario del inmueble, con firma autenticada.
· Tribunal de Faltas y obtener el Certificado de Libre Deuda (1º piso del edificio municipal).

– Requisitos (los encontrara en la opción mas abajo, “Archivos para descargar”)

La falta de cualquiera de estos requisitos esenciales; previstos en la O.G.T. y O.G.I., será causal de denegatoria para habilitar locales comerciales.

-> Inicie aquí el tramite de Habilitación Comercial <-

OCUPACIÓN DE LA VÍA PÚBLICA

Si Usted va a iniciar los trámites para la habilitación de Ocupación en la Vía Pública, deberá traer; antes de concurrir al área de Industria y Comercio, lo siguiente:

· Completar formulario correspondiente al trámite.
· Fotocopia de DNI 1er y 2da hoja.
· Fotocopia del título habilitante.
· Certificado de uso extendido por la Dirección General de Planeamiento Urbano, Control de usos, si así lo creyera necesario.
· Certificado de protección contra incendios, siempre y cuando la Dirección de Planeamiento Urbano lo considere necesario.
· Contrato de locación sellado por Dirección de Rentas, o autorización del propietario del local con firmas certificadas por Escribano, Juez de Paz, o autoridad competente, en los casos donde el local no sea propiedad del contribuyente.
· Certificado de Libre Deudas y/o Certificado de Deudas regularizadas a través de un plan de facilidades de pago en la Dirección de Impuestos Inmobiliarios y Tasas de Servicios.
· Certificado de Libre Deudas expedido por el Tribunal de Falta de este municipio.
· Todas las fotocopias que se adjunten, deberán estar certificadas por funcionario de la Dirección de Industria y Comercio y Espectáculos Públicos.
· Planos de instalación eléctrica y de construcción.